Carta presentada por AMI a la Excma.
Sra. Doña Francisca Sauquillo
Pérez del Arco, Presidenta del
Consejo de Consumidores y Usuarios,
en la recepción de la Plataforma
Todos Contra el Canon
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Asociación
de Música en Internet
Alcántara 59, 3º D
28006 Madrid
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Excma.
Sra. Doña Francisca Sauquillo
Pérez del Arco
Presidenta del Consejo de Consumidores
y Usuarios
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Madrid, a 5 de Marzo de 2007
Excma.
Sra:
Ante la
preocupación de los usuarios de
música en Internet y de los músicos
independientes por el efecto negativo
del “canon digital” en los
servicios y productos que consumen o difunden
yo, Santiago Ureta Domingo, en nombre
y representación de la Asociación
de Música en Internet (AMI), asociación
sin ánimo de lucro con domicilio
social en la calle Alcántara nº
59-3º, 28006 Madrid.
EXPONGO:
1º)
Que el canon por copia privada está
perjudicando considerablemente a todos
los consumidores, especialmente a los
que no consumen ni graban productos de
los autores representados por las Entidades
de Gestión y que están pagando
el canon injustificadamente. .
2º)
Que el canon perjudica especialmente a
los consumidores de música en Internet
que se ven sometidos a una múltiple
imposición por el mismo hecho,
ya que las plataformas legales cobran
un precio extra en las descargas que son
aptas para ser grabadas en el disco duro
y exportadas a otros soportes, pagando
por este mismo hecho al comprar cualquier
producto de grabación ya sea equipo
o soporte. Mayor perjuicio se irrogaría
al consumidor de música
online legal si además se aprobase
el canon en el ADSL y Discos Duros. .
3º)
El canon perjudica también a los
músicos que quieren que la difusión
y distribución de su música
sea gratuita con el objetivo de que la
venta de entradas en sus conciertos sea
mayor. Su medio de financiación
es a través de los ingresos que
consiguen en los conciertos en directo.
Para ellos el canon en los productos y
servicios digitales, informáticos
y telemáticos frena la difusión
de sus trabajos.
4º)
La imposición del canon está
motivada por una compensación del
perjuicio que sufren los autores cada
vez que se copia su obra. Por ello su
recaudación ha de hacerse exclusivamente
por aquellos que resultan perjudicados,
gravándolo en los productos originales
de venta al público, fonogramas
y videogramas, que las editoriales y productoras
de creaciones
intelectuales utilizan para distribuir
éstas y no cargándola a
sectores ajenos o a consumidores que no
consumen sus productos.
En virtud de lo expuesto, a V.E.
SOLICITO: Que tenga por presentado este
escrito y por hechas las precedentes manifestaciones
respecto de la aplicación del canon
digital aprobado en la nueva Ley de Propiedad
Intelectual, apoye la supresión
de cualquier canon en todos los servicios
y productos digitales, informáticos
y telemáticos.
Asociación de Música en
Internet
Santiago Ureta Domingo
Presidente