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La
industria discográfica sigue dando “palos de ciego” en la difusión
de música por Internet Golem, 11/12/2003
(14:09).
La AMI
(Asociación de Música en Internet) denuncia que se encuentra con un
vacío absoluto para asesorar a sus asociados sobre como y donde
deben obtener las licencias de las discográficas para desarrollar la
actividad de difusión de música por Internet, así como las tarifas
que tendrán que pagar.
Mientras que la SGAE (Sociedad General
de Autores y Editores) establece unas condiciones y tarifas muy
claras, disponibles en el Ministerio de Cultura, sobre la licencia
que concede para este tipo de explotación de música, las condiciones
y tarifas de la industria discográfica son de una opacidad
total.
Tampoco está claro que artistas tienen cedidos sus
derechos a las discográficas para la modalidad de explotación de su
música en Internet y quienes no.
Recientemente los Rolling
Stones y los Beatles han hecho público, a través de los medios de
comunicación, que no tienen cedidos los derechos para explotar su
música por Internet a las compañías discográficas que la producen.
Parece ser que otros grandes artistas tampoco han cedido sus
derechos a las discográficas para Internet.
Ello indica que,
en muchos casos, las compañías discográficas no tienen cedidos los
derechos para la explotación de música por Internet, mientras que
vienen reclamándolos como si tuvieran su titularidad.
La AMI,
en interés de sus asociados y de la música on-line en general, ha
solicitado a las Asociación que representa a las compañías
discográficas (AFYVE-AGEDI) que le sean notificados que artistas han
cedido a sus asociados los derechos para la explotación de la música
en Internet y quienes no.
La Asociación dice desconocer los
términos de los contratos firmados entre los artistas y las
respectivas compañías.
AMI desea que las compañías
discográficas aclaren por ellas mismas, o a través de su Asociación,
a quien deben dirigirse los empresarios que quieren difundir música
por Internet para recabar las autorizaciones oportunas. Debido a
un “discutible” vacío legal en esta materia sobre Internet, AMI
interpreta que hay que solicitar dichas autorizaciones a AGEDI,
asociación que gestiona los derechos de las productoras de
fonogramas (discográficas), según lo que la vigente Ley de Propiedad
Intelectual dispone respecto a la transmisión de música por cable o
cualquier otro sistema análogo, y conforme a las Tarifas
establecidas y depositadas en el Ministerio de Cultura para esta
modalidad de explotación. Si los artistas no han cedido sus derechos
a las discográficas para la difusión de sus canciones en este nuevo
medio, será a ellos a los que haya que solicitar la
autorización.
Hasta la fecha las compañías discográficas han
negociado contratos de licencia con algunas compañías
multinacionales pero sin dar a conocer las condiciones de los
mismos, que han de ser igual para todos en una mercado de libre
competencia. Por el contrario retrasan o impiden la negociación
cuando se trata de medianas o pequeñas compañías, que también tienen
todo el derecho a participar en ese mercado.
Para AMI, la
oferta de estas plataformas respaldadas por las discográficas dista
mucho de lo que el usuario de Internet quiere, y mientras que no se
presente una oferta considerando el interés de éstos, será la propia
industria discográfica, dentro de su ceguera, la que seguirá
favoreciendo el uso de plataformas gratuitas.
AMI-
Departamento de Comunicación
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